Art. 2.- Con el objeto de unirse profundamente a Cristo, y convertir esa
unión en cimiento del apostolado, los asociados procurarán llevar una intensa
vida de piedad que incluirá:
- Meditación de la fe
de la Iglesia.
- Oración.
- Estudio espiritual.
- Vida de los
sacramentos.
La
espiritualidad concretada en el Centro Base y en los centros asociados, estará
centrada en la devoción Eucarística, como expresión de la unión con Dios y como
alimento necesario para la vida personal y la acción apostólica.
El espíritu propio de
la Asociacion contiene:
1º.- Vivir la
condición de consagrados por Dios y a Dios en medio del mundo al estilo de Jesús, como enviado del
Padre para transformar el mundo.
"Vosotros sois la luz del mundo. Vosotros sois la sal de la
tierra".
"No te pido que los retires del mundo sino que los guardes del
Maligno. Ellos no son del mundo. Santifícalos en la verdad. Tu Palabra es la
verdad. Como Tú me has enviado al mundo yo también los he enviado al
mundo" (Jn 17,15-18).
2º.- Dejar espacio a
la oración y a la contemplación
Los miembros de estas
Asociaciones tratan de hacer de la unión con Dios un estilo de vida y dan
espacio a la oración y a la contemplación. Con la Palabra de Dios (Lectio
divina), la Liturgia de las horas, la Adoración y la guía espiritual, se
sostienen en el camino con el Señor. Están convencidos que se puede estar en el
mundo, si se sabe estar del todo con el Señor.
3º.- Participación en
la vida litúrgica de la Iglesia, de los
sacramentos en general y especialmente el de la Eucaristía.
4º.- Trabajo
apostólico, cooperando con amor a la evangelización del mundo y de cada ser
humano en particular. Según los Carisma de cada miembro
Art. 3.- Para poder
llevar a cabo los fines de la Asociacion y su espiritualidad los asociados
deberán:
1º.- Formarse
lo más sólidamente posible en la doctrina de la Iglesia. Y en el Carisma propio
de la Vida Consagrada
Para ello el
Centro Base dispondrá de una biblioteca,
hemeroteca y videoteca, especializada en la Vida Consagrada.
2º.- Orar
personal y comunitariamente por las necesidades de la Iglesia y del mundo y los
fines de las Asociaciones .
3º.-
Dedicarse al apostolado en su entorno más inmediato (familiar, laboral,
amistades, etc.), atendiendo a la virtud de la prudencia, sin buscar en ello
satisfacción personal, y cultivando la paciencia y la fortaleza frente a las
dificultades.
Art. 4.- Asimismo,
los asociados agrupados en los distintos centros, se comprometen a dedicar su
oración y su esfuerzo, en comunión con el resto de asociados, para un mejor
cumplimiento de sus deberes individuales, familiares y eclesiales en comunión
plena con la Iglesia.
Art. 5.- Se pondrá
especial cuidado en que todas las
actividades de las Asociaciones se lleve a cabo con profundo y
responsable carácter evangélico y eclesial.
Art. 6.- Podrán
constituirse grupos de vida comunitaria,
en los llamados centros.
Art. 7.- El Centro Base, como los centros asociados,
estarán organizados para poder cumplir los fines de las Asociaciones y vivir la
vida espiritual que emana de la buena Nueva del Evangelio anunciado y cumplido
por Jesús " Camino, Verdad y Vida".
III. -VIDA COMUNITARIA EN LOS
CENTROS DE LA ASOCIACIÓN.
Aspectos generales
Art 8.- La
Asociacion Publica de fieles "Ad virginitatem sacram promoverndam" está organizada por Centros. Cada
Centro está llamado a ser hogar espiritual, lugar de acogida y fuente de vida.
Deben los asociados espontánea y diligentemente cuidar del buen orden, buen
nombre y buen ambiente espiritual, intelectual y apostólico de los centros. La
vida comunitaria en los centros estará impregnada de los consejos evangélicos.
Art. 9.- En los centros hay
que distinguir el aspecto físico, es decir: un lugar donde pueden tener
domicilio algunas de las personas asociadas; y el aspecto comunitario, es
decir: el grupo mismo de asociados que realizan actividades conjuntas, en las
que participan tanto quienes tienen
domicilio en la sede como otras personas asociadas que viven con sus familias o
en otro género de vivienda apropiado para su vida personal.
Con la vida comunitaria
propuesta, se trata de resolver las distintas situaciones de los asociados:
* Unas
referentes a la vivencia religiosa,
* otras
al apostolado,
* otras
a obras de misericordia,
* otras
especificas de las personas solas consagradas que por su opción quedan solas en
la vida.
Art.10.-De modo ordinario, el
centro, es el lugar de oración personal y el lugar también de las
Vigilias de los asociados, los
Encuentros y cualquier otro acto que sirva para cumplir los fines de la
Asociación.
Art. 11. El régimen del centro no implica necesariamente posesión común de bienes. Sin embargo, como
realidad de vida cristiana es solidaria, especialmente en las obras de
misericordia y en los necesario el espíritu de generosidad
y la conciencia gastos que atañen a todos los asociados que estén
vinculados al Centro .
Art. 12.- Del patronazgo de los centros.
1.- El Centro base, esta bajo el patronazgo de Santa Macrina.
2.- Cada Centro Asociado tendrá un nombre, de un o una Santa bajo cuyo patronazgo funcionará
el centro. Para elegir el nombre, es importante que tenga tradición en el lugar
o que tenga un especial vinculo con los asociados (-as) vinculados a cada
centro.
Art. 13.- Cada centro debe tener un espíritu genuinamente
eclesial. Para ello los asociados deben
colaborar en las obras de
evangelización, piedad y apostolado de su parroquia. Lo cual, sin embargo, no
obsta para que las personas consagradas
(sacerdotes, viudas, ascetas, eremitas, vírgenes...), conscientes del
carisma propio, evangelicen en otras
obras y lugares.
Art. 14.-. Cada centro
empieza su existencia como propósito asumido por un grupo de asociados
que voluntariamente, y en el contexto de una reunión general expresan su deseo
de iniciar un proyecto de centro. Desde
esa reunión hasta la inauguración de la sede respectiva puede transcurrir un
máximo de un año. Si en ese año no ha sido posible constituir la sede, los
asociados han de renunciar a su deseo.
Art. 15.- En las relaciones de los asociados de cada centro debe
guardarse de modo celoso la caridad, la prudencia y el
espíritu de servicio y solidaridad mutuas.
Organización interna del Centro base
Art 16.- El Centro Base no existe para sí mismo, sino como Sede
Central de la Asociación. En el Centro Base, como 1º de los centros de la Asociación, estarán, los archivos, hemeroteca,biblioteca y videoteca, así como toda la estructura básica, común
a la Asociación
La estructura y funcionamiento de la vida Comunitaría
del Centro se regirá por los fines, espiritualidad y
actividades propios de nuestras
Asociaciones.
Art. 17.- En lo que atañe a la vida comunitaria del Centro
Base los aspectos prácticos de la vida cotidiana serán
decididos por las personas que convivan comunitariamente . Hay que cuidar de reservar algún tiempo en el día para orar
juntas las personas que viven en el, y garantizar un
tiempo para reunirse y resolver las cuestiones menores o mayores que su estilo
de vida conlleva.
Art. 18.- El Centro base no posee, administra, ni enajena bienes
temporales- distintos a los de la Asociacion, aparte del fondo para los
gastos comunes y que se alimenta de las donaciones de las mismas personas
vinculadas al Centro. La pertenencia a la AsociaciÓN no supone vínculos,
derechos ni obligaciones financieras de ningún género (excepto la cuota de
asociado). Así pues, cada una de los asociados conserva la posesión y el uso de sus propios bienes, y
cada uno es el único responsable de las acciones económicas, laborales,
contractuales o jurídicas de cualquier orden que realice.
Por propia decisión los bienes podrán ser cedidos a una u otra de
las Asociaciones, para que estas puedan
cumplir mejor sus fines.
Art. 19.- La administración del fondo del centro estará a cargo de
una de las personas que viven allí. Esta responsabilidad será ejercida de forma
rotativa.
Art. 20.- Con
respecto a la espiritualidad del Centro Base debe hacerse en común
una parte del Oficio Divino.
En general, se recomienda
lectura frecuente de libros escogidos
y así mismo la de hojas, cartas,
etc. que profundicen en el estado de la Vida consagrada.
En el centro se cuidará de forma
especial la oración y vida eucarística. De la que el Vaticano
II no duda en afirmar que "la
Eucaristía es la fuente y el culmen de toda vida cristiana, porque allí está
Jesucristo vivo". Afirma también que, "en la Eucaristía los hombres
son invitados y conducidos a ofrecerse a sí mismos, a ofrecer sus trabajos y
todas sus cosas en unión con Jesucristo" (LG 11, SC48).
Vivir conscientemente la Eucaristía,
donde Cristo resucitado se da totalmente al hombre sin importarle nada
más, es la mejor escuela que los miembros de "Sacra Virginitas"
podemos tener.
Art. 21.- La vida comunitaria
física se establecerá desde la libertad como principio válido, dentro del marco
señalado por estos tres aspectos básicos:
a) Seguimiento del carisma individual.
b) Ejercicio de cargos
gubernativos por turno.
c) Reglamentación de la vida de piedad.
d) Se
evitará cualquier referencia que
suponga, superioridad de unos sobre otros. Todas las decisiones se tomarán
comunitariamente, después de meditadas desde la oración.
En las
relaciones personales se utilizará el término propio de la vida cristiana
hermano/na. Se buscará siempre vivir en fraternidad,
tanto internamente como imagen externa.
Art. 22.- De la clase de
miembros del Centro Base:
1.- Pudiendo ser miembros de las
Asociaciones, cualquier persona, que respete y apoye la vida consagrada, las
Asociaciones estarán especialmente
referidas a aquellas personas consagradas, que no estén vinculadas a una orden
religiosa o Instituto Secular, y que quieran vivir lo especifico de la vida
consagrada. No quedan excluidas,
quienes, estando ya vinculadas a una
Orden religiosa o Instituto Secular,
puedan hacer compatible, esta
pertenencia a ser miembros de las Asociaciones "Sacra
Virginitas" y "Ad virginitatem
sacram promovendam"
2.- Los miembros asociados que
pueden vivir habitualmente en el Centro
Base, serán personas consagradas.
3.- Quienes - siendo miembros de
la Asociacion, no vivan en el Centro Base, pero acudan asiduamente al
Centro, a actividades puntuales y que respondan a los fines generales de las
Asociaciones.
Art. 23.- Para una concreción
más explícita, de los distintos tipos de miembros de vida consagrada, la
Asociación se atiene a lo expuesto en la
EXHORTACIÓN APOSTÓLICA POSTSINODAL
VITA CONSECRATA de SS. Juan Pablo II, de 25 de marzo de 1996.
Art. 24.- Los Centros en cuanto
lugares de vivienda física serán siempre
masculinos o femeninos. En cuanto a centros de encuentro de Asociados, estos
podrán ir indistintamente a los masculinos o a los femeninos.
Art. 25.- La comunicación entre
el Centro base y los centros
asociados será fluida y habitual,
utilizando cualquiera de los medios que hoy existen (comunicación oral,
directa, telefónica, correo electrónico...).
Disposiciones complementarias:
1.- Todo lo expuesto
anteriormente, sirve para todos los miembros de la Asociacion y para todos
los centros.
2.- Todo lo dicho sobre el
Centro Base, puede servir para la estructura y funcionamiento de los centros
asociados - previa comunicación y acuerdo fraternal con la Junta Rectora de
ambas Asociacion y los miembros de
cada centro Asociado.